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El Pleno del Consejo de Estudiantes es su máximo órgano de gobierno y es quien toma las decisiones ideológicas y define las lineas de trabajo.

Se reune, como mínimo, una vez cada 40 días, en general en la Sala de Juntas de la Casa del Estudiante.

Composición

  • Miembros natos: Son miembros natos dos representantes por cada Delegación de Estudiantes de Centro y un número igual de Claustrales, elegidos entre ellos, y entre los que tendrán que estar los estudiantes representantes en el Consejo de Gobierno y los que forman parte de la Mesa del Claustro.
  • Miembros electos: Son miembros electos el Presidente del Consejo de Estudiantes y su equipo.

Funciones

  1. Velar por el cumplimiento de los Estatutos de la UPCT, del Reglamento de Régimen Interno del CEUPCT, de los Reglamentos de cada Delegación de estudiantes de Centro, y cualesquiera disposiciones referentes a los derechos, deberes o intereses legítimos de los/as estudiantes.
  2. Elaborar, aprobar y reformar el Reglamento de Régimen Interno del CEUPCT, así como la normativa que lo desarrolle.
  3. Elegir al Presidente/a del Consejo de Estudiantes siguiendo el régimen electoral del presente Reglamento.
  4. Refrendar a los Presidente/as de las Comisiones del CEUPCT propuestos por el Presidente/a del CEUPCT.
  5. Supervisar y ratificar la actuación de la Mesa y de las distintas Comisiones del CEUPCT, así como formular a cualquiera de sus miembros cuantas preguntas consideren oportunas.
  6. Delimitar el número de Comisiones, así como las competencias de cada Comisión.
  7. Dar publicidad a sus acuerdos y comunicar cuantas informaciones sean de interés para el estudiantado a cuantas instancias resultare oportuno.
  8. Aprobar el presupuesto del CEUPCT y controlar todos los gastos por él realizado.
  9. Aprobar la propuesta de nombramiento o cese de los miembros de la Mesa del CEUPCT.
  10. Cualesquiera otras que correspondan al CEUPCT y que no estén atribuidas a un órgano específico.